Adhesión Feria de Turismo de Misiones

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    Términos y Condiciones

    TÉRMINOS Y CONDICONES DEL PROGRAMA PROVINCIAL
    FERIA DE TURISMO DE MISIONES – EDICIÓN 2025

    OBJETIVO DEL PROGRAMA:
    El programa tiene por objetivo fortalecer el turismo interno de la provincia de Misiones e incrementar los niveles de demanda. Para ello, se potenciará agrupando la oferta turística de la Provincia. De esta manera, los turistas podrán acceder a los servicios turísticos, atractivos, eventos y propuestas culturales en la Provincia de Misiones.

    ASPECTOS PRINCIPALES DEL PROGRAMA:
    1. Beneficiarios: Misioneros que desean recorrer la Provincia de Misiones en cuotas sin intereses.
    2. Rubros Alcanzados: Podrán realizar compras de aquellos Prestadores de Servicios Turísticos y Culturales adheridos al Programa pertenecientes a los rubros: Alojamiento, Agencias de Viaje y Turismo, Turismo de Experiencias, Turismo de Rastro Activo, Museos Públicos y Privados, Campings Públicos y Privados y Turismo Aventura, así como y Organismos Públicos (Fiestas y Eventos Municipales, Parques Provinciales, entre otros).

    A) CONDICIONES Y BENEFICIOS:
    Los turistas que realicen compras de servicios y/o paquetes de servicios aprobados por la Autoridad de Aplicación con tarjetas de crédito emitidas por el Banco Macro S.A. obtendrán los siguientes beneficios:
    CUOTAS SIN INTERÉS: Compras en cuotas 1 (una) o 6 (seis) cuotas a una tasa de interés del 0% (Cero Por Ciento), sobre el límite mensual de compra con tarjeta de crédito que será establecido por la Autoridad de Aplicación.
    Límite financiable: $1.452.000 (Pesos Un Millón Cuatrocientos Cincuenta y Dos Mil) por tarjeta de crédito.

    B) AUTORIDAD DE APLICACIÓN DEL PROGRAMA:
    Ministerio de Hacienda, Finanzas, Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Misiones.

    C) OPERACIONES INCLUIDAS:
    Los beneficios del Programa operan exclusivamente para las compras cuyo pago se realice de forma presencial en los establecimientos habilitados, radicados en la Provincia de Misiones. Quedan excluidas las operaciones realizadas a través de medios electrónicos, como mercados online (web), ventas telefónicas, enlaces de pago, botones de pago, pagos QR, ventas por dispositivos Point, entre otros.
    D) OPERACIONES NO INCLUIDAS:
    • No podrán ofrecer los beneficios del Programa a sujetos que no sean considerados Consumidores Finales, como ser, los Responsables Inscriptos frente al Impuesto al Valor Agregado.
    • Los beneficios del Programa no operan con tarjetas corporativas (Business).
    • No se podrán comercializar Servicios o Paquetes de Servicios que no estén dentro del territorio de la provincia de Misiones.

    E) COSTOS A CARGO DE LAS PARTES:
    Costo Financiero (Intereses): A cargo del Banco y de la Provincia.

    F) VIGENCIA DEL PROGRAMA:
    El Programa estará vigente los 29 y 30 de noviembre.

    G) REQUISITOS PARA PARTICIPAR DEL PROGRAMA:
    • Desarrollar las actividades comprendidas en el marco del Programa Feria de Turismo de Misiones – Edición 2025.
    • Debe estar inscripto en la Agencia Tributaria de Misiones.
    • Que sean operadores/prestadores turístico inscripto en el registro provincial correspondiente. Las agencias de turismo deberán ser operadoras turísticas inscriptas de conformidad a la normativa vigente para poder participar.
    • Que tengan la boletería electrónica del Banco Macro.

    H) OBLIGACIONES DE LOS COMERCIOS ADHERIDOS:
    • No podrán comercializar, en el marco del Programa, productos no incluidos en las actividades y rubros alcanzados por el Programa.
    • No podrán comercializar, en el marco del Programa, bienes a precios diferentes para idénticas operaciones bajo la modalidad de “contado” (efectivo o tarjeta de débito).
    • No podrán ofrecer a los Consumidores Finales los beneficios del Programa aquellos números de Comercio/Establecimiento para las marcas de tarjetas de crédito que no fueran dados de alta efectivamente conforme al informe remitido por las Entidades Financieras participantes, publicado por la Autoridad de Aplicación.
    • No podrán desglosar y/o particionar una operación de venta, en el marco del Programa, a un mismo Consumidor Final en varios cupones.
    • No podrán ofrecer los beneficios del Programa a los sujetos que no sean considerados Consumidores Finales.
    • Deberán exhibir en su comercio el afiche del Programa “Feria de Turismo de Misiones – Edición 2025” suministrado por la Autoridad de Aplicación, a fin de que los consumidores puedan identificar los comercios que se encuentran implementando el beneficio del Programa.
    • Los beneficios del Programa operan exclusivamente para compras en forma presencial, quedando excluidas las operaciones en mercados electrónicos (Web), telefónica, Link de Pagos, Botón de Pagos, Pagos Qr, ventas por Point, entre otras.
    • Mantener actualizado y en funcionamiento el DOMICILIO ELECTRÓNICO proporcionado a través de la plataforma de los Programas Ahora.
    • Brindar colaboración a los agentes designados por la Autoridad de Aplicación a los efectos de realizar el relevamiento de datos y los controles de cumplimiento del Programa. Toda información y/o documentación que se pudiera requerir será considerada confidencial a todos los efectos.

    I) CANALES OFICIALES:
    Se entenderá por canales oficiales el correo electrónico oficial de la Autoridad de Aplicación, a saber: info@ahora.misiones.gob.ar , como así también la página oficial de los Programas Ahora https://ahora.misiones.gob.ar/ , a través de la cual se publicará toda la información pertinente a los Programas.

    J) DOMICILIO ELECTRÓNICO DEL COMERCIO:
    La casilla de correo electrónico proporcionada por el comercio adherido al momento de solicitar el alta en el programa será considerado DOMICILIO ELECTRÓNICO, siendo válidas y vinculantes todas las notificaciones, emplazamientos y comunicaciones que allí se practiquen, dándose por notificado al momento de la apertura del correo o el primer día hábil siguiente al envío de la notificación.

    K) INCUMPLIMIENTO:
    El incumplimiento de las obligaciones asumidas por los Comercios adheridos, detalladas precedentemente, implicará la exclusión del Programa “Feria de Turismo de Misiones – Edición 2025” por parte de la Autoridad de Aplicación y, en caso de corresponder, la restitución de los costos resultantes de dicho incumplimiento.

    L) INFRACCIONES:
    Sin perjuicio de otras transgresiones a estos términos y condiciones, se considerarán infracciones:
    • Efectuar ventas, en el marco del programa, por un monto superior al límite financiable mensual informado por la Autoridad de Aplicación a través de los canales oficiales, lo cual se considera como el “exceso del límite financiable”. Este exceso se define como la diferencia entre el importe de la operación realizada con tarjeta de crédito y el límite financiable vigente del Programa “Feria de Turismo de Misiones – Edición 2025” al momento de la operación.
    • Particionar una operación de venta, en el marco del Programa, a un mismo Consumidor Final en varios cupones.
    • Comercializar, en el marco del Programa, productos no incluidos en las actividades y rubros alcanzados por el mismo.
    • Cobrar en el marco del Programa a precios diferentes para idénticas operaciones bajo la modalidad de “contado” (efectivo o tarjeta de débito).
    • Efectuar ventas, en el marco del programa, a clientes que no sean consumidores finales, por ejemplo, los Responsables Inscriptos frente al Impuesto al Valor Agregado.
    • No exhibir en el local comercial el afiche de adhesión del Programa.
    • Los comercios que cuenten con números de comercio y/o establecimiento aprobados y vigentes en los Programas "Ahora", no podrán realizar ventas en otra jurisdicción provincial utilizando dichos números de comercio y/o establecimiento durante los días de vigencia en el Programa al que están adheridos.

    M) SANCIONES:
    En caso de que el comercio adherido al Programa incurra en transgresión a las normas del presente convenio, y/o cometa alguna de las infracciones antes enunciadas, le corresponderán las siguientes sanciones:
    • Operaciones de ventas que excedan el límite financiable: el comercio deberá restituir el costo del exceso del límite financiable.
    • Operaciones de ventas realizadas con sujetos que no sean consumidores finales: el comercio deberá restituir el costo del reintegro y el costo financiero por los beneficios aplicados en dicha operación.
    • Operaciones de ventas de rubros no alcanzados por el Programa: el comercio deberá restituir el costo del reintegro y el costo financiero por los beneficios aplicados en dicha operación.
    • Operaciones realizadas por números de comercio y/o establecimiento aprobados y vigentes en los Programas "Ahora" en otra jurisdicción durante los días de vigencia del programa al que estén adheridos: el comercio deberá restituir el costo del reintegro y el costo financiero aportado por la Provincia y la entidad financiera.
    Ante una infracción por parte del comercio adherido al Programa, el comercio deberá restituir los costos de la venta realizada.

    N) PROCEDIMIENTO PARA LA DETERMINACIÓN DE INFRACCIONES Y APLICACIÓN DE SANCIONES:
    Cuando la Autoridad de Aplicación detecte transgresiones a los términos y condiciones del programa por parte de los comercios adheridos al mismo, emplazará al mencionado comercio a presentar descargo respecto de las infracciones que se le atribuyen en un plazo máximo de 10 (diez) días hábiles contados a partir de la notificación de la infracción.
    A dichos efectos, y en caso de corresponder, la Autoridad determinará los costos del monto adicional del límite financiable resultantes de tal incumplimiento, información que será detallada en la intimación a la que refiere el párrafo anterior. La tasa de interés a ser aplicada será la informada por la Entidad Financiera correspondiente al Programa.
    Si el comercio no presentare el descargo dentro de dicho plazo, o si no lograre acreditar el correcto cumplimiento de los presentes términos y condiciones, desvirtuando la imputación efectuada por la Autoridad de Aplicación, la misma determinará la sanción correspondiente, mediante el acto administrativo que resulte pertinente.

    O) RECLAMOS POR PARTE DEL COMERCIO:
    Los reclamos por parte del Comercio por operaciones que no han recibido el beneficio del Programa deberán ser efectuados por el responsable de administrar el comercio únicamente a través de la página del Programa https://ahora.misiones.gob.ar/. La Autoridad de Aplicación constatará los datos registrados para luego remitir a la Entidad Financiera.

    P) RECLAMOS POR PARTE DE LOS CONSUMIDORES:
    Los reclamos por parte de los consumidores que no han recibido el beneficio del reintegro deben realizar la gestión con el número de reclamo suministrado por la Entidad Financiera a través de la página del Programa https://ahora.misiones.gob.ar/. La Autoridad de Aplicación constatará los datos registrados para luego remitir a la Entidad Financiera dichas operaciones.

    Q) PROCEDIMIENTO DE ADHESION AL PROGRAMA:
    1. El comercio debe efectuar la solicitud aceptando los términos y condiciones del PROGRAMA FERIA DE TURISMO DE MISIONES – EDICIÓN 2025 a través de la página web https://ahora.misiones.gob.ar/.
    2. Una vez recibida la solicitud a través de la página web, la Autoridad de Aplicación verificará la actividad del comercio cotejándola con la información obrante en la Agencia de Recaudación y Control de Argentina (ARCA), y que la misma se encuentre dentro de las Actividades comprendidas en el Programa.
    3. Si la actividad NO está dentro de las actividades comprendidas, se informará al domicilio electrónico del Comercio, y se registrarán en la página web los motivos de la NO inclusión al Programa.
    4. La Autoridad de Aplicación remitirá a la entidades financieras adheridas al Programa el día 14 de noviembre.
    5. Las ENTIDADES FINANCIERAS recibirán de la Autoridad de Aplicación las Solicitudes de los Comercios, iniciando el proceso de alta correspondiente, que para su alta efectiva al Programa.
    6. LOS COMERCIOS que procedieron a efectuar las solicitudes a través de la página web citada, y que hayan sido dados de ALTA exitosamente por las procesadoras para los números de comercio/establecimiento indicados por LAS ENTIDADES FINANCIERAS, podrán ofrecer a los Consumidores Finales los beneficios del Programa, siempre y cuando el mismo se encuentra publicado en la web.

    R) RESPONSABILIDAD DEL COMERCIO:
    Será responsabilidad exclusiva del comercio suministrar los datos en la página web, como ser, dirección, nombre de fantasía, logo identificatorio, catálogos, entre otros. La Autoridad de Aplicación no asume la responsabilidad de publicidad errónea frente a los Consumidores Finales, conflictos de patente con otros comercios, entre otros, inherentes a la carga efectuada por el comercio.

    S) MODIFICACIONES DE LOS DATOS DEL COMERCIO Y/O ACTUALIZACIONES:
    Los comercios participantes deben realizar los controles necesarios para constatar los datos registrados y en caso de corresponder, utilizar los canales habilitados para realizar la actualización y/o modificación datos (nombre de fantasía, dirección, cambio de domicilio, nueva sucursal, entre otros) para la adhesión y publicidad correcta a la promoción que corresponda. Los datos modificados serán verificados por la Autoridad de Aplicación antes de ser exhibidos en la página web del Programa en el plazo de 48 horas hábiles.

    T) NOTIFICACIONES:
    Los reclamos y/o cuestiones inherentes al Programa, atinentes al comercio en particular, serán notificados vía domicilio electrónico a la dirección registrada, a través de la Plataforma de los Programas Ahora.
    Las novedades, actualizaciones, y otras cuestiones de interés general para los comercios adheridos a los Programas Ahora, se pondrán en conocimiento de los mismos a través del DOMICILIO ELECTRÓNICO y CANALES OFICIALES.